¿Cuándo unas lesiones son delito y no delito leve?
La clave está en si, además de la primera asistencia facultativa, fue objetivamente necesario un tratamiento médico o quirúrgico posterior. Si solo hizo falta la primera cura, suele calificarse como delito leve; si requirió seguimiento, puntos, escayola o cirugía, como delito del art. 147 CP.
¿Cualquier amenaza es delito?
No todas tienen la misma gravedad. Amenazar con un mal que constituye delito (por ejemplo, con matar o lesionar) se castiga conforme al art. 169 CP; amenazar con un mal que no es delito, o de forma leve, se recoge en el art. 171 CP, con penas menores.
¿Qué es una coacción y en qué se diferencia de una amenaza?
La coacción (art. 172 CP) consiste en impedir con violencia que alguien haga algo lícito, u obligarle a hacer algo que no quiere. La amenaza, en cambio, es el anuncio de un mal futuro, sin necesidad de violencia inmediata.
¿Debo acudir a Urgencias tras una agresión aunque las lesiones parezcan leves?
Sí. Un parte médico cercano en el tiempo a los hechos es una de las pruebas más determinantes en estos procedimientos, tanto para acreditar la agresión como para calificar correctamente su gravedad.