¿Qué diferencia hay entre violencia de género y violencia doméstica?
La violencia de género se produce cuando el agresor es o ha sido pareja de la víctima. La violencia doméstica abarca otros miembros de la unidad familiar (hijos, padres, hermanos convivientes). Ambas se investigan de forma distinta y con juzgados especializados en el primer caso.
¿Qué pasa si se incumple una orden de alejamiento?
El quebrantamiento de una orden de protección o alejamiento es delito en sí mismo (art. 468 CP), independiente del procedimiento inicial, e implica normalmente el ingreso en prisión provisional si se produce durante la instrucción.
¿La víctima está obligada a declarar?
No siempre. El art. 416 LECrim permite a la víctima acogerse a la dispensa de declarar contra su pareja o expareja. Es una decisión con consecuencias procesales importantes que conviene valorar con asesoramiento previo.
¿Cuánto tarda en señalarse el juicio?
Estos procedimientos suelen tramitarse por juicio rápido, con la vista señalada en días o pocas semanas. La rapidez hace que sea especialmente importante contar con abogado desde la primera comparecencia.