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Pensión de alimentos: cómo se calcula

No hay una cantidad fija por ley: la pensión depende de lo que necesitan los hijos y de lo que puede pagar cada progenitor. Le explicamos cómo se calcula y qué hacer si cambian las circunstancias.

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QuieroAbogados es un despacho de abogados dirigido por Sergio Camús Sanz, abogado colegiado n.º 9015 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Alicante. Escríbanos sin compromiso.

Cómo se fija la pensión

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Civil

Pensión de alimentos: lo esencial

Cómo se calcula
  • Se fija en proporción a los ingresos de quien paga y a las necesidades de los hijos (art. 146 del Código Civil)
  • El Consejo General del Poder Judicial publica unas tablas orientativas que los jueces suelen tener en cuenta
  • Cubre alimentación, vivienda, ropa, asistencia médica y educación
  • Los gastos extraordinarios, como médicos no cubiertos, suelen repartirse entre los progenitores
Lo que conviene saber
  • La pensión suele actualizarse cada año según el IPC
  • Si cambian mucho los ingresos o las necesidades, se puede pedir una modificación de medidas
  • No termina automáticamente a los 18 años: se mantiene mientras el hijo no sea independiente por causas que no le sean imputables
  • Dejar de pagarla puede ser un delito de impago de pensiones (art. 227 CP)
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¿Hay una pensión mínima?

La ley no fija una cantidad mínima, pero los tribunales consideran que los hijos deben recibir siempre lo imprescindible, por lo que, salvo casos excepcionales, se fija una pensión incluso cuando quien paga tiene pocos ingresos.

¿Qué pasa si mi ex no paga la pensión?

Se puede pedir al juzgado que ejecute la sentencia y embargue su sueldo o sus cuentas. Además, dejar de pagar dos meses seguidos o cuatro no seguidos puede ser delito (art. 227 CP).

¿Puedo dejar de pagar si pierdo el trabajo?

No por su cuenta. Debe pedir al juzgado una modificación de medidas y, mientras tanto, la pensión sigue siendo exigible. Dejar de pagar sin más puede generar deudas e incluso un delito.

¿Hasta cuándo se paga la pensión?

No hay una edad fija. Se mantiene mientras el hijo no tenga independencia económica por causas que no le sean imputables. Si ya trabaja, o no estudia ni busca empleo, se puede pedir que se extinga.

Información orientativa, revisada en octubre de 2026. No sustituye el estudio de su caso concreto.

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