Me han denegado la incapacidad permanente. ¿Qué hago?
Tiene 30 días hábiles para presentar una reclamación previa ante el INSS. Si la desestiman, se puede demandar ante el Juzgado de lo Social. Es clave aportar informes médicos que acrediten sus limitaciones.
¿Qué diferencia hay entre incapacidad total y absoluta?
La total le impide trabajar en su profesión habitual, pero puede dedicarse a otra. La absoluta le impide trabajar en cualquier profesión. La pensión es mayor en la absoluta.
¿Qué es el recargo de prestaciones?
Si el accidente se produjo porque la empresa no cumplió las medidas de seguridad, las prestaciones que usted cobre se incrementan entre un 30 y un 50 %, a cargo de la empresa.
La mutua me ha dado el alta y no estoy bien. ¿Puedo recurrir?
Sí. Puede impugnar el alta en plazos muy cortos, por lo que debe actuar enseguida. Consúltenos en cuanto reciba el alta.
Información orientativa, revisada en octubre de 2026. No sustituye el estudio de su caso concreto.